Consultas Laborales

CONSULTAS LABORALES

¿En qué consiste?
Es un servicio que se realiza la absolución de consultas laborales de manera directa, lo que implica que el trabajador o ex trabajador o empleador o representante el empleador debe apersonarse a la oficina de consultas al trabajador o consultas al empleador según corresponda

¿Dónde se realiza?
Oficina de Consultas al Trabajador _ oficina Nº 110; Oficina de consultas al empleador_oficina Nº 103; ubicadas en el primer piso de la sede principal, sito en Av. Salaverry Nº 655 Jesús María.

A la línea gratuita 0800-16872 (Sólo Trabajadores).

¿A quién está dirigido?
La Ley (Decreto Legislativo Nº 910 y su Reglamento) comprende a jóvenes en formación, trabajadores, extrabajadores, organizaciones sindicales y empleadores, sean estas últimas personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, como sujetos responsables del cumplimiento de las normas laborales de carácter legal o convencional, de promoción y formación para el trabajo, de seguridad y salud en el trabajo, sujetas al régimen laboral de la actividad privada. El ámbito se extiende a las Cooperativas de Trabajadores y a sus socios trabajadores, y a las personas naturales o jurídicas que prestan servicios como agencias de empleo o de colocación de trabajadores del hogar y a los que laboran como trabajadores del hogar.


¿Cuales son los requisitos?

Para el área de consultas al trabajador:
- Recabar ticket de atención a partir de las 7:00 a.m.
- Presentar DNI vigente o DNI de menor de edad o partida de nacimiento o boleta militar, según corresponda. Si es extranjero deberá presentar carné de extranjería.
- Conocer e informar el nombre o razón social del empleador (en caso de personas jurídicas) y domicilio correctos de su empleador, cuando se le requiera.
- Presentar toda documentación que acredite ser o haber sido trabajador del empleador que indica.

Para el área de consultas al empleador:
- Presentar DNI vigente.
- Conocer e informar el nombre y domicilio de la empresa por la cual realiza la consulta. Señalar el número de RUC del empleador que representa.
- Documentación que acredite venir a nombre de la empresa que señala. En caso de ser un tercero que efectúa la consulta, debe exhibir la carta poder simple del empleador que representa.

¿Cuanto cuesta?
Gratuito

Horario de atención
L-V de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. (Corrido).

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